Cuardeno Cultural

 

 














 

 Principal\Denominación\Control de origen y calidad

 


Cualquier vino que desee la protección otorgada por el Consejo Regulador ha de cumplir todos los registros y normas establecidas por el Reglamento de procedimiento de calificación del C.R.D.O. Tacoronte~Acentejo, estos son:

a) Documentación Administrativa
b) Prueba analítica
c) Análisis sensorial

El control de Origen


Se designa a un producto agrícola originario de dicha región, lugar cuya calidad o características se deben fundamental o exclusivamente al medio geográfico con sus factores naturales y humanos y cuya producción, transformación y elaboración se realicen en la zona geográfica delimitada.


El control de Calidad

Se divide en dos:

a) Prueba analítica donde se verifica que la composición química del vino se encuentra dentro de los límites establecidos en la normativa vigente.

b) Análisis sensorial, donde se comprueba subjetivamente que las características del vino catado corresponden a las exigencias de vino de calidad.

Funciones del Comité de Cata

La potestad de calificación de los vinos reside en el Consejo Regulador y para ello contará con el auxilio del Comité de Calificación = Comité de Cata, que como órgano asesor del mismo tendrá como misión informar sobre la calidad de los vinos sometidos a su control, según las directrices dadas por el Consejo.

El comité de Cata estará formado por personas expertas, seleccionadas y designadas por el Pleno del Consejo. Los componentes del comité deberán reunir requisitos tales como: Formación de catador, conocimientos sobre vinos de la comarca y vinos en general, nociones de enología y viticultura.

El Comité de Calificación se considerará legalmente constituido cuando asistan a las sesiones al menos un mínimo de cinco catadores contando con la presencia del Presidente de dicho comité.

La cata se regirá por las fichas de la O.I.V adoptada por el I.N.D.O . Se adoptará como puntuación para cada muestra de vino, la mediana que resulte de las puntuaciones individuales de cada uno de los catadores. Para que una muestra de vino pueda ser amparada por el Consejo Regulador, y en consecuencia, llevar la contraetiqueta, será necesario que ésta no supere los 52 puntos. Cuando la puntuación supere los 52 puntos el vino sometido a control será calificado como no apto, debiendo en tal caso señalarse las razones para la no aceptación.